MISIÓN...

"A los profesores y a las profesoras hay que formarlas para que, además de ser buenos enseñantes, sean también buenos tutores. La función tutorial se tiene que integrar en el rol docente, en la práctica educativa, en los procesos de enseñanza-aprendizaje. La tutoría implica una relación personal y bidireccional basada en el respeto, en el diálogo reflexivo, en el compromiso crítico para la definición de proyectos y la construcción de posibilidades y expectativas con sentido"

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En este blog se encontrarán ideas, experiencias, reflexiones, noticias... relacionados con l a enseñanza universitaria en general y, de man...

sábado, 11 de abril de 2020

TUTOR EN EL ÁMBITO DE LA SALUD


Un referente que siempre nos ha parecido interesante para ayudar a entender y definir el perfil y funciones del tutor. Lo tomamos del ámbito de las Ciencias de Salud y lo planteamos en una época en la que estábamos reclamando la importancia y necesidad de que el tutor universitario tuviera asimismo un reconocimiento por las funciones y tareas que realiza.

REAL DECRETO 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

CAPÍTULO IV
Órganos docentes de carácter unipersonal
Artículo 11. El tutor. Concepto, funciones y nombramiento.
1. El tutor es el profesional especialista en servicio activo que, estando acreditado como tal, tiene la misión de planificar y colaborar activamente en el aprendizaje de los conocimientos, habilidades y actitudes del residente a fin de garantizar el cumplimento del programa formativo de la especialidad de que se trate. El perfil profesional del tutor se adecuará al perfil profesional diseñado por el programa formativo de la correspondiente especialidad. El tutor es el primer responsable del proceso de enseñanza-aprendizaje del residente, por lo que mantendrá con este un contacto continuo y estructurado, cualquiera que sea el dispositivo de la unidad docente en el que se desarrolle el proceso formativo. Asimismo, el tutor, con la finalidad de seguir dicho proceso de aprendizaje, mantendrá entrevistas periódicas con otros tutores y profesionales que intervengan en la formación del residente, con los que analizará el proceso continuado de aprendizaje y los correspondientes informes de evaluación formativa que incluirán los de las rotaciones realizadas.
2. Las principales funciones del tutor son las de planificar, gestionar, supervisar y evaluar todo el proceso de formación, proponiendo, cuando proceda, medidas de mejora en la impartición del programa y favoreciendo el autoaprendizaje, la asunción progresiva de responsabilidades y la capacidad investigadora del residente. Los tutores de cada especialidad propondrán la guía
o itinerario formativo tipo de la misma, que aprobará la comisión de docencia con sujeción a las previsiones del correspondiente programa. La mencionada guía, que será aplicable a todos los residentes de la especialidad que se formen en la unidad docente de que se trate, se entenderá sin perjuicio de su adaptación al plan individual de formación de cada residente, elaborado por el tutor en coordinación con los responsables de los dispositivos asistenciales y demás tutores de residentes que se formen en el centro o unidad docente.
3. El tutor, que, salvo causa justificada o situaciones específicas derivadas de la incorporación de criterios de troncalidad en la formación de especialistas, será el mismo durante todo el período formativo, tendrá asignados hasta un máximo de cinco residentes.

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